Ayuda a trabajadores que se constituyan por cuenta propia como autónomos o contraten a trabajadores desempleados.
La Comunidad de Madrid ha publicado en el B.O.C.M. las ayudas para trabajadores desempleados que se conviertan en autónomos o contraten a trabajadores desempleados en el año 2015, que puede ser muy interesante para aquellos emprendedores que piensen comenzar una actividad.
Existen dos tipos de ayudas:
Alta de desempleados como trabajadores por cuenta propia
Beneficiarios: Las personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos por cuenta propia en el año 2015. No podrán ser beneficiarios los miembros de sociedades civiles, comunidades de bienes, autónomos colaboradores del titular de la explotación, los socios, familiares de socios o miembros de órganos de administración de sociedades mercantiles y socios trabajadores o de trabajo de cooperativas de trabajo o sociedades laborales.
Requisitos:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Realizar la actividad en la Comunidad de Madrid.
- El beneficiario deberá estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid en la fecha inmediatamente anterior a la fecha de alta como trabajador autónomo.
- No haber realizado la misma actividad en los seis meses anteriores al mes de alta como trabajador autónomo.
- El solicitante, una vez concedida la subvención, tendrá que justificar gastos relacionados con su alta como trabajador autónomo por un importe mínimo de 3.125 euros.
- Mantener el alta durante, al menos, tres años.
Cuantía de la subvención: Como regla general, el importe de la subvención será de 2.500 euros, correspondientes al 80% de los gastos mínimos relacionados con el alta como trabajador autónomo. Entre otros, en dichos gastos están incluidos como objeto de subvención los gastos de honorarios profesionales, de registro de patentes, de traspaso de negocio, de alquiler de local, de reformas en el local, de desarrollo de página web…
En el caso de ser mujer desempleada, desempleado mayor de 45 años o parado de larga duración,el importe de la subvención será de 2.800 euros. En el caso de mujeres víctimas de violencia de género, las subvenciones correspondientes a mujeres se incrementarán en un 10%.
Autónomos que contraten desempleados inscritos en las Oficinas de Empleo.
Beneficiarios: Las personas físicas constituidas como trabajadores autónomos por cuenta propia que contraten a un trabajador desempleado inscrito en la Oficina de Empleo con carácter indefinido o bien de duración determinada no inferior a seis meses, en el año 2.015.
Requisitos:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Realizar la actividad en la Comunidad de Madrid.
- Los trabajadores contratados deberán encontrarse desempleados e inscritos en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid en la fecha inmediatamente anterior a su contratación.
- La contratación del trabajador subvencionado debe suponer un incremento del nivel medio de plantilla.
- No serán objeto de subvención las contrataciones de trabajadores que en los seis meses anteriores a la fecha de contratación hayan prestado servicios con el mismo empresario individual, salvo que se trate de conversiones de contrato temporal a indefinido.
- El período mínimo de contratación será de seis meses.
- Mantener el alta del trabajador durante, al menos, seis meses. En caso de baja anticipada, deberá ser sustituido en el plazo de quince días.
Cuantía de la subvención:
- Contrato indefinido o transformación a indefinido: 4.000 euros.
- Contrato indefinido o transformación a indefinido con mujer desempleada, desempleado mayor de 45 años o parado de larga duración: 5.000 euros.
- Contrato indefinido o transformación a indefinido con mujer víctima de violencia de género: 5.500 euros.
- Contrato de duración determinada: 2.500 euros.
- Contrato de duración determinada con mujer desempleada, desempleado mayor de 45 años o parado de larga duración: 3.500 euros.
- Contrato de duración determinada con mujer víctima de violencia de género: 3.800 euros.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta el día 31 de octubre de 2015.
Para más información, puedes acudir al portal de la Comunidad de Madrid emprendelo.es
Ayudas a los autónomos de la Comunidad de Madrid es un artículo creado por Aude Fernández para labconfis.es
Imagen | Rodrigo Fernández
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