Como continuación a nuestro anterior artículo El IVA en los e-commerce, resumimos en este artículo cuándo y cómo tenemos que cobrar IVA en nuestras exportaciones de bienes y servicios, ya sean intracomunitarias o no .
Lo primero que tenemos que distinguir es el tipo de exportación que realizamos: de mercancías o de servicios.
Exportación de mercancias
Operación comunitaria
- A empresas: sin IVA.
- A particulares: IVA español, salvo que se supere determinados límites (p.e. 100.000 euros en el caso de Alemania), en cuyo caso se aplicaría el Régimen Especial de Ventas a Distancia.
Operación no comunitaria
- A empresas: sin IVA.
- A particulares: sin IVA.
Venta de productos y servicios digitales
Operación comunitaria
- A empresas: sin IVA.
- A particulares: IVA vigente en el país de destino.
Operación no comunitaria
- A empresas: sin IVA.
- A particulares: sin IVA.
El IVA en las exportaciones es un artículo creado por Victoria Esquiliche para labconfis.es
Imagen | Rodrigo Fernández
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